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Cambios en el marcado de los equipos ATEX

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EPL (Equipment Protection Levels)   Cambios en el marcado de los equipos ATEX prevencion riesgos laborales seguridad salud trabajo

Cuando se habla de instalaciones donde la presencia de materiales con características inflamables da lugar a un riesgo de explosión, una de las formas de evitar que se pueda provocar la combustión de la mezcla, es la utilización de equipos adecuados al riesgo de la zona clasificada.

Esa utilización de equipos afecta tanto a los elementos eléctricos como a los no eléctricos, puesto que estos últimos, en caso de malfuncionamiento de los mismos, pueden liberar la energía suficiente como para provocar la inflamación de la mezcla presente en un determinado ambiente.

Erróneamente, en muchas ocasiones se ha asimilado el término antideflagrante, como el 'sistema de protección universal' para este tipo de situaciones, cuando es bien sabido que este modo de protección es válido sólo en algunas ocasiones y para determinados equipos.

Históricamente, la normativa anterior indicaba el marcado para los dispositivos eléctricos. La aparición de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 94/9/CE, relativa a los aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas (Directiva ATEX) y su trasposición a la normativa española que se concreta en el R.D. 400/96 de 1 de marzo y las correspondientes normas de aplicación, han ampliado dicho marcado a los aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas y a los dispositivos de seguridad, control y reglaje destinados a utilizarse fuera de atmósferas potencialmente explosivas, pero que son necesarios, o que contribuyen al funcionamiento seguro de los aparatos y sistemas de protección, en relación con los riesgos de explosión.

Según esta norma, los equipos se dividen en diferentes grupos y categorías, en función del uso previsto y del nivel de protección que ofrecen respectivamente, considerando dos grandes grupos de aparatos en función de su utilización en ambientes en el interior de minas o en el exterior, cuando en ambas situaciones exista la presencia de polvo combustible y grisú (Grupo I), o bien en los lugares, en situaciones diferentes de las anteriores, en los que pueda generarse una atmosferas explosiva (Grupo II), independientemente de que lo que provoca esta última situación sea la presencia de gases, vapores inflamables, polvo o fibras combustibles.

Según esto, de acuerdo al tipo de zona, los equipos se instalarán teniendo en cuenta el modo de protección que resulte adecuado, la categoría, el grupo de gas y temperatura superficial máxima que pueda alcanzar en funcionamiento normal.

Se pretende por tanto conseguir que, en zonas con riesgo de explosión por la eventual presencia de atmósferas explosivas, se debe intentar minimizar la posibilidad de que efectivamente se desencadene una explosión. Para lograr lo anterior, se intentará evitar la activación de fuentes de ignición, para lo cual, es necesario y obligatorio que los equipos destinados a trabajar en dichas áreas de riesgo cumplan con determinadas condiciones de seguridad.

Esta clasificación, ha venido siendo aceptada de forma habitual, englobándose por tanto dentro del segundo grupo de aparatos (II) todos aquellos equipos aptos para trabajar tanto en presencia de gases y vapores, como en presencia de polvo o fibras combustibles.

La aparición de la norma UNE-EN 60079-14 en octubre del año 2010 (entrada en vigor Julio de 2011) y más recientemente de la norma UNE-EN 60079-0 en junio de 2011 y cuya entrada en vigor tiene lugar el 1-6-2012, genera una nueva clasificación más acorde con el riesgo que generan las diferentes instalaciones donde se provocan atmósferas inflamables. Mantiene por una parte, el mismo grupo para los equipos utilizados en minería, pero introduce una variación en los que se pueden ubicar en situaciones diferentes de esta, de tal forma que hace una distinción entre equipos aptos para trabajar en presencia de gases y vapores y los ubicados en ambientes con presencia de polvo o fibras combustibles, estableciéndose un tercer grupo (Grupo III), en el que se incluyen aquellos aparatos destinados al uso en otros lugares en los que pueda haber peligro de formación de atmósferas explosivas por presencia de polvo o fibras.

Este agrupamiento, resulta más lógico, puesto que si por una parte, los equipos para trabajar en presencia de gases y vapores se subdividían a su vez en los grupos IIA, IIB y IIC, en función al valor del intersticio máximo experimental de seguridad (IEMS) y de la corriente mínima de ignición (CMI) que presentaba cada gas y de acuerdo a los criterios que aparecen en las normas UNE-EN 60079-20-1 y IEC 60079-12, resulta también más racional que, parámetros que puedan intervenir en la peligrosidad de las sustancias en forma de polvo o en forma de fibra, como puede ser su conductividad o su presencia en forma de nube, requieran de otro tipo de clasificación.

Así, al igual que en el primer caso, se procede a dividir en tres subgrupos las sustancia en forma de polvo, según se trate de partículas en suspensión (IIIA), (independientemente de su conductividad), sustancias de naturaleza no conductor (IIIB) o por el contrario que se trate de polvo conductor (IIIC), de tal forma que las sustancias englobadas en el subgrupo III C tendrían una mayor peligrosidad que las del grupo III B y a su vez estas, más que las del III A.

Según el R.D. 400/1996, los equipos del grupo II y por tanto, según esta última clasificación, los del grupo III, en función del grado de seguridad que ofrecen, se dividen en las siguientes categorías:

Categoría 1: comprende los aparatos diseñados para poder funcionar dentro de los parámetros operativos fijados por el fabricante y asegurar un nivel de protección muy alto para su uso previsto en emplazamientos donde sea muy probable que se produzcan de forma constante, duradera o frecuente atmósferas explosivas debidas a mezclas de aire con gases, vapores, nieblas o mezclas aire/polvo.

Categoría 2: comprende los aparatos diseñados para poder funcionar dentro de los parámetros operativos fijados por el fabricante y asegurar un nivel de protección alto para su uso previsto en emplazamientos donde sea probable que se produzcan atmósferas explosivas debidas a mezclas de aire con gases, vapores, nieblas o mezclas aire/polvo.

Categoría 3: comprende los aparatos diseñados para poder funcionar dentro de los parámetros operativos fijados por el fabricante y asegurar un nivel de protección normal para su uso previsto en emplazamientos donde sea poco probable que se produzcan atmósferas explosivas debidas a mezclas de aire con gases, vapores, nieblas o mezclas aire/polvo, y donde, con arreglo a toda probabilidad, su formación sea infrecuente y su presencia sea de corta duración.

Dentro de cada situación, se han venido asignando modos de protección a zonas específicas, puesto que era sabido que no todos los sistemas daban el mismo nivel de garantías. En definitiva, lo que hasta ahora se tenía en cuenta, de acuerdo a la normativa anteriormente indicada, era la posibilidad de fallo del equipo sin tener en cuenta los efectos de la previsible explosión cuando una fuente de ignición estaba en contacto con la mezcla inflamable.

Realmente no ha sido un error el que se ha venido cometiendo, ya el Real Decreto lo que valora es la fiabilidad de los equipos, no entrando a definir las consecuencias de una explosión sobre las instalaciones o las personas, existiendo una clara vinculación entre los diferentes modos de protección y el tipo de zona, pero sin tener en cuenta los efectos potenciales de una explosión si esta sucede.

Al aparecer el concepto de evaluación de riesgos en una atmósfera explosivas en la Directiva 1999/92/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1999, cuya trasposición a la normativa española es el Real Decreto 681/2003, de 12 de junio, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo, es necesario variar el concepto de la asimilación del modo de protección a tipo de zona. En definitiva, para realizar la evaluación de riesgos, será necesario tener en cuenta las consecuencias a fin de obtener el nivel de riesgo.

Este nivel de riesgo, vendría definido por la probabilidad del fallo del equipo en presencia de una atmósfera inflamable y por las consecuencias que de esa situación se generan, teniendo en cuenta que estas últimas, pueden afectar a los equipos, pero también a las personas que puedan encontrarse presentes.

La realidad, por tanto, es que es más adecuado identificar y marcar los equipos de acuerdo al riesgo que supone la ignición de cada equipo. Esto significa, que en ocasiones será necesario aumentar la protección por encima de los niveles estandarizados, de la misma forma que en función de los efectos esperados de la explosión, pueden hacer que material válido para zona 2 lo podamos instalar en zona 1.

Este concepto es el que aparece en las normas UNE-EN 60079-0, UNE-EN 60079-14 y UNE-EN 60079-26, y viene a establecer un nuevo enfoque en la utilización de los equipos en el sentido de incorporar el concepto EPL (Equipment Protection Levels) como sistema alternativo a los métodos habituales de selección de los materiales Ex. Dicha norma establece 3 niveles de seguridad (a, b y c) asimilables en principio a las categorías de los equipos, pero que mantiene alguna diferencia.

El sistema de niveles de protección del material busca por tanto, indicar el riesgo de ignición inherente del material, sin importar el modo de protección utilizado, pero siempre a través de una correcta evaluación de riesgos.
La designación del material sería:

EPL Ga o EPL Da; para un material que tiene un 'muy alto' nivel de protección, aunque este pueda ser o no, fuente de inflamación en condiciones normales de funcionamiento o durante averías anormales.

EPL Gb o EPL Db; para un material que tiene un 'alto' nivel de protección, aunque este pueda ser o no, fuente de inflamación en condiciones normales de funcionamiento o durante averías previsibles.

EPL Gc o EPL Dc; para un material que tiene un nivel de protección 'aumentado', que no es fuente de inflamación en condiciones normales de funcionamiento y que puede tener algún modo de protección adicional para garantizar que permanece inactivo como fuente de ignición en el caso de sucesos regulares previsibles.

Una forma por tanto de lograr un nivel de protección EPL Ga, según la norma UNE-EN 60079-26, sería el utilizar dos modos de protección independientes que provean EPL Gb. En teoría, según esta definición, se podrían utilizar cualquier combinación de los modos de protección correspondientes a una categoría 2, pero en la práctica hay una serie de limitaciones que reducen esta posibilidad de composiciones.

La limitación más importante sería que los dos tipos de protección deben basarse en principios diferentes. Es decir la combinación de una envolvente antideflagrante (d) con un relleno pulvurulento (q), no sería una solución válida, puesto que ambos modos están basados en la no propagación de la llama.

Las combinaciones válidas, según este principio, serían:

Seguridad aumentada, 'e', que se encuentra dentro de una envolvente antideflagrante, 'd', (Ex 'd' + Ex 'e')
Seguridad intrínseca, 'ib', que se encapsula para conseguir con el requisito 'mb' (Ex 'ib' + Ex 'mb' )
Seguridad aumenta, 'e' y seguridad intrínseca, 'ib', que está dentro de una envolvente antideflagrante, 'd', (Ex 'e' + Ex 'ib')
Seguridad intrínseca, 'ib', que se encuentra dentro de una envolvente antideflagrante, 'd', (Ex 'ib' + Ex 'd')
Encapsulado, 'mb', en una envolvente antideflagrante, 'd', (Ex 'mb' + Ex 'd')
Seguridad aumentada, 'e', en un recinto o envolvente con sobrepresión interna, 'px', ( Ex 'e' + Ex 'px')
Seguridad intrínseca, 'ib', en un relleno pulvurulento, 'q', (Ex 'ib' + Ex 'q')
Otra condición más a aplicar, sería que las entradas del cableado a las envolventes resistan un impacto de 20J, o lo que es lo mismo, un código IK 10.

El mismo principio como veremos más adelante, se aplica a los equipos no eléctricos.

Un ejemplo de marcado para el material eléctrico dentro de un emplazamiento que requiera un EPL Ga podría ser por tanto:

Ex ia IIC T6 Ga

Ex d + e IIC T4 Ga
El mismo marcado de acuerdo a la directiva ATEX 95 (Directiva 94/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas) para el primero de los casos sería:

2 II G Ex ia IIC T6
En el segundo caso no existiría un marcado equivalente de acuerdo a la anterior directiva.

Es importante tener en cuenta, que el hecho de que un equipo se construya con diferentes modos de protección, no implica su utilización como nivel Ga. Un ejemplo de marcado de este caso sería

Ex e px IIC 125º (T4) Gb
Lo anterior se correspondería cun un equipo que emplea el modo de protección por seguridad aumentada 'e' (EPL Gb) y una envolvente presurizada 'px' (EPL Gb).

Como vemos, la diferencia estriba en que en el primero de los casos, los modos de protección van separados por el signo '+', mientras que en el segundo de los casos, no existe dicha separación.

Otra situación sería la de un equipo que se instala en parte en una Zona 0 y en una Zona 1. En ese caso la identificación de los modos de proteccción vendría separada por una '/', de tal forma que se correspondería con:

Ex ma/d

Como veremos a continuación, a la hora de identificar el material no eléctrico, esta situación se corresponde precisamente con la que hemos visto anteriormente y que identifica el nivel Ga para el material electrico, lo cual puede inducir a confusión.

El marcado del material no electrico para el nivel 1G (como vemos desaparece la letra 'a') sería:

II 1G c/k T4
El concepto de la combinación de modos de protección, es pues el mismo, aunque su idientificación difiere como vemos con respecto al material electrico.

Los modos 'd' y 'k', envolvente antideflagrante e inmersión en líquido respectívamente, pueden utilizarse en una Zona 0/20, siempre y cuando vayan acompañados de cualquiera de los modos de protección, seguridad constructiva ('c') y control de fuentes de ignición ('b'). Estos dos últimos pueden diseñarse tanto para categoría 1, 2 ó 3.

Al igual que en el caso de los equipos eléctricos, el material se puede fabricar utilizando varios modos de protección en las diferentes partes del mismo. Con la misma combinación de modos del ejemplo anterior ('c' y 'k') tendríamos que la categoría del material como máximo, sería la 2 ya que el modo 'k' por si sólo, solo sería admisible su ubicación en una Zona 1/21, siendo por tanto la categoría 2 la final del conjunto. En este caso no se intercala la '/' entre el identificativo del los dos sistemas.

II 2G ck T4
En la actualidad, se ha propuesto que el marcado para los equipos no eléctricos, siga las mismas indicaciones que para los equipos eléctricos, al objeto de evitar confusiones.

Por último indicar que, la resistencia al impacto del material no eléctrico, para equipos que pueden soportar un daño mecánico, debe soportar una prueba de 7J, lo cual corresponde a un IK 9

Zona EPL Modo de protección material eléctrico gases Zona EPL Modo de protección material eléctrico polvo
0 Ga - Seguridad intrínseca 'ia'

- Encapsulado 'ma'

- Dos modos de protección independientes cada uno de acuerdo al EPL 'Gb'

20 Da -Protección por envolvente 'ta (A-B)' IP 6x

-Seguridad intrínseca 'ia '

- Encapsulado 'ma'

1 Gb - Inmersión en aceite 'o'

- Equipos presurizados 'px', 'py'

- Relleno pulverulento 'q'

- Envolvente antideflagrante 'd'

- Seguridad aumentada 'e'

- Encapsulado 'mb'

- Seguridad intrínseca 'ib'

21 Db - Protección por envolvente 'tb (A-B)' IP 6x

- Seguridad intrínseca 'ib '

- Encapsulado 'mb '

- Equipos presurizados 'p'

2 Gc - Seguridad intrínseca 'ic'

- Equipo presurizado 'pz'

- Encapsulado 'mc'

- Especial para zona 2 ('n')

- Otro material eléctrico que en servicio normal no provoque calentamientos superficiales, chispas o arcos.

22 Dc - Protección por envolvente 'tc (A-B)' IP 6x (con polvo conductor) IP 5x (con polvo no conductor)

- Seguridad intrínseca 'ic'

- Encapsulado, 'mc'

- Presurización 'p '

Marcado según el modo de protección de la envolvente

Como ya hemos comentado anteriormente, las normas UNE-EN 60079-0 y UNE-EN 60079-14 vienen a establecer una nueva diferenciación con Real Decreto 400/1996, en lo que se refiere al grupo del material. Para ambientes diferentes de la minería, por tanto, se establecen según las normas antes citadas los grupos II y III, quedando su marcado de la siguiente forma, para el caso de gases y vapores:

Marcado según el grupo de material y el modo de protección eléctrico

Marcado según grupo de material y modo de protección

(para presencia de gases)

Modo de protección Subdivisión gas Subgrupo material
e

m

o

p

q

i

d

n

II A II A, II B, IIC
IIB IIB, IIC
II C IIC

Como ya se ha comentado, cuando existe presencia de polvo en el ambiente, la norma UNE-EN 60079-0 considera que se debe utilizar un material distinto y que denomina grupo III.

Al igual que en el caso de gases se hace una subdivisión como queda anteriormente dicho, esta vez en función de la naturaleza conductora de las sustancia en forma de polvo y su presencia en el ambiente, de tal forma que el grupo III A, se correspondería con partículas de polvo combustible en suspensión, el grupo III B, sería para partículas de polvo no conductor y por último, el grupo III C, sería para polvo de características conductoras.

Como en el caso anterior de gases y vapores, la mayor peligrosidad de la situación, daría lugar a que el material del grupo III C, valdría para su utilización en localizaciones de menor gravedad (grupo III B) y estos a su vez para los del III A.

Marcado según el grupo de material y el modo de protección eléctrico

Marcado según grupo de material y modo de protección

(para presencia de polvo)

Modo de protección Subdivisión gas Subgrupo material
t

i

m

p

III A III A, III B, III C
III B III B, III C
III C III C

Por último debe aparecer el marcado con respecto a la temperatura que puede alcanzar el material. Para el caso de temperatura ambiente, si el material alcanza una temperatura que como máximo va a ser la ambiental (de -20 oC a +40 oC) no requiere el marcado del rango. Si va a ser utilizado en rangos diferentes, debería incluir el símbolo Ta o Tamb junto con el rango de temperatura. (ejemplo -40 oC < Tamb < 120 oC).

En lo que se refiere a la temperatura superficial máxima, esta quedaría limitada a los valores que aparecen en la siguiente tabla.

Marcado según la clase de temperatura

Clase de temperatura del material eléctrico Temperatura superficial máxima del equipo eléctrico Temperatura de ignición del gas o vapor
T1

T2

T3

T4

T5

T6

450 o C

300 o C

200 o C

135 o C

100 o C

85 o C

>450 o C

>300 o C

>200 o C

>135 o C

>100 o C

>85 o C


Para el caso de polvo, la temperatura superficial máxima admisible, se determina en función de que la sustancia se encuentre en forma de nube, con lo cual habría que multiplicar por 2/3 la temperatura de inflamación en forma de capa o bien definir la temperatura de inflamación en forma de capa, cuyo valor vendría dado por la ecuación:

Tmax = T5 mm - 75 oC

Donde T5mm es la temperatura de inflamación de la capa de polvo de 5 mm.

También la temperatura superficial máxima puede determinarse para una determinada profundidad de la capa de polvo (TL).

Por ejemplo, el marcado T225 oC T500 320 ªC, nos indicaría una temperatura superficial máxima de 225 oC y menor de 320 oC cuando se ensaya con una capa de 500 mm.

En cuanto a la cifra IP (grado de protección de la envolvente), se requiere para las diferentes zonas el siguiente valor:

Marcado según la cifra de protección 'IP'

Zona 20

Zona 21

Zona 22 con polvo conductor

Zona 22

con polvo no conductor

IP 6X IP 5X

Por último, los componentes deben estar igualmente marcados. Dichos elementos pueden incluir, por ejemplo, una caja vacía o componentes o montajes de componentes para su uso con material que cumple los requisitos de uno o más modos de protección.

Los componentes pueden montarse:

Totalmente dentro de la envolvente de un material
Totalmente fuera de la envolvente de un material
Parcialmente en el interior y parcialmente en el exterior de la envolvente del material.
El símbolo 'U' se utilizará para marcar un componente y el símbolo 'X' se usará para proporcionar un medio de la identificación esencial para la instalación, uso y mantenimiento del material que está contenida en el certificado.

Un ejemplo podría ser:

Ex d [ia Ga] IIC Gb U

O lo que es lo mismo. Un componente Ex con modo de protección por envolvente antideflagrante (EPL Gd) con un circuito de salida intrínsecamente seguro 'ia' (EPL Ga) para un grupo de gas C

El material no eléctrico igualmente está sujeto a marcado en función del modo de protección seleccionado.

Marcado según el modo de protección de la envolvente

Zona Modo de protección material NO eléctrico
0

20

- Antideflagrantes 'd' (*)

- Seguridad constructiva 'c'

- Control Fuentes Ignición 'b'

-Inmersión en líquido 'k' (*)

1

21

-Antideflagrantes 'd'

- Seguridad Constructiva 'c'

- Control Fuentes Ignición 'b'

-Inmersión en líquido 'k'

2

22

-Protección por envolvente de flujo restringido 'fr'

-Inmersión en líquido 'k'

(*) Aplicable solo en combinación con otros modos dependiendo de la evaluación de riesgos de ignición.

Identificación del material reparado mediante marcado

El material reparado y revisado debe marcarse en un lugar visible sobre la parte principal. Debe ser legible y duradero teniendo en cuenda todas las condiciones medioambientales relevantes.

El marcado debe incluir:

Símbolo apropiado
Número de la norma UNE-EN 60079-19, o el de la norma nacional equivalente.
El nombre del mecánico o su marca registrada y la certificación del taller, si la hay.
El número de referencia del mecánico relativo a la reparación.
La fecha de la reparación o de la revisión.

El marcado puede estar en una placa permanente fijada al material reparado. En el caso de reparaciones posteriores, la placa de revisión/reparación anterior debe retirarse, haciendo un registro de todos los marcados que contenía.
Si la placa precedente se ha quitado y tenía el símbolo triangular, entonces el símbolo de la placa subsiguiente debería también ser triangular, a menos que el mecánico restaure la totalidad del material en conformidad total con los documentos de certificación.

Todo marcado relativo a la norma sobre protección contra explosiones debe quitarse del material que, después de reparado o revisado, no está conforme ni con los documentos de certificación ni con la norma sobre protección contra explosiones, con el acuerdo del usuario.

El material debe marcarse identificando el tipo de reparación o revisión y la persona encargada de realizar dicha operación. Este marcado debería realizarse en una placa independiente. Las condiciones del marcado pueden ser modificadas, suprimidas o completadas en el caso de que las operaciones realizadas en el material lo modifiquen de tal forma que no cumpla con la norma y con el certificado, o incumpla con este último exclusivamente.

Cuando las normas de fabricación no se conocen por la antigüedad del material, debería realizarse, por una persona competente, una evaluación de la conformidad antes de ser utilizado.

Conforme con las especificaciones del fabricante y/o la certificación

Esta marca será utilizada sólo cuando la reparación o reconstrucción sea conforme con esta norma y el mecánico tenga suficiente evidencia de la total conformidad con los documentos de certificación y/o las especificaciones del fabricante.

En caso de utilizar técnicas de reparación o modificación que no están en concordancia con las normas, es necesario determinar por el fabricante y/o la autoridad de certificación si es conveniente utilizar dicho material en presencia de una atmósfera inflamable.

En los casos de que el material incorpore varios modos de protección, se tendrán en cuenta las especificaciones en la reparación que da la norma para cada uno de los modos.

Si se utilizan en una revisión o reparación las partes especificadas por el fabricante o según se especifica en la documentación de certificación, se presume que el material está en conformidad con el certificado.

Conforme con las especificaciones pero no con los documentos de certificación

Esta marca será utilizada cuando:

El material se cambia durante la reparación o reconstrucción de tal manera que aún cumple con las restricciones impuestas por esta norma y las normas de protección contra explosiones según las cuales se fabricó, pero el mecánico no tiene evidencia suficiente del total cumplimento con los documentos de certificación; o
No se conocen las normas según las cuales el material antes certificado fue fabricado pero se han duplicado los requisitos de esta norma y la edición en curso de las normas relevantes de protección contra explosiones pero el mecánico no tiene evidencia de la total conformidad con los documentos de certificación. Una evaluación, por una persona competente en evaluaciones de material protegido contra explosiones, ha sido llevado a cabo para verificar la conformidad con el nivel de seguridad correspondiente antes de salir del taller de reparación.

En estas situaciones las etiquetas de certificación no deberían quitarse.

Cuando el material, después de la reparación o reconstrucción, no sea conforme a los dos apartados anteriores, es conveniente retirar la etiqueta de certificación del fabricante o alterarla para advertir de que el material no está certificado y por tanto no debería ser utilizado en un emplazamiento donde ocurra una atmósfera explosiva, hasta que no se obtenga un certificado suplementario.

Bibliografía.

  • RD 400/1996. Disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del consejo 94/9/CE, relativa a los aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas.
  • Directiva 94/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas
  • UNE-EN 60079-0 Atmósferas explosivas. Parte 0. Equipo. Requisitos generales.
  • UNE-EN 60079-14. Atmósferas explosivas. Parte 14: Diseño, elección y realización de las instalaciones eléctrica
  • UNE-EN 60079-19. Material eléctrico para atmósferas de gas explosivas. Parte 19: Reparación, revisión y reconstrucción de material.
  • UNE-EN 60079-26 Atmósferas explosivas. Material con nivel de protección de material (EPL) Ga.
  • UNE-EN 13463-1 Equipos no eléctricos destina dos a atmosferas potencialmente explosivas. Parte 1 Requisitos y metodología básica.
  • Electrical Apparatus and Hazardous Areas . Robin Garside
  • El documento de protección contra las explosiones. Manual de ayuda. Emérito Núñez

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