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REDACCIÓN

Restriccionmes a la circulación en España 2012

Transporte mundial. []

 

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Nuevos impedimentos a los transportes especiales

Control y restricciones

En el B.O.E de fecha 4 de febrero de 2012 ha sido publicada la Resolución de fecha 24 de enero de 2012 de la Dirección General de Tráfico por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2012.

Como novedad principal se destaca la inclusión de restricciones concretas en determinadas fechas para los Transportes Especiales, que en consecuencia no aparecerán ya en las autorizaciones especiales emitidas por Tráfico, así como la reducción en el número de días y horario en los que se establecen restricciones de carácter general.

PRINCIPALES RESTRICCIONES DE LA DGT

Mercancías General

Restricciones Genéricas: vehículos de más de 7500 kg de MMA y conjuntos de vehículos de cualquier MMA (excepto transporte de ganado vivo y leche cruda, así como en periodo invernal, fundentes para el mantenimiento de carreteras).

1. Todos los domingos y festivos entre el 1 de julio y el 16 de septiembre en ambos sentidos desde las 18h hasta las 23h en ambos sentidos en N-634 del límite de Asturias-Cantabria a Lieres; A-8 de Llanes a Muros de Nalón; N-632 de Muros de Nalón a Lamuño; A-64 de Villaviciosa a Oviedo; A-66 de Serín a Campomanes; AS-1 de Mieres a Gijón; AS-2 de Oviedo a Gijón; AS-19 de Gijón a Avilés; A-8 de Lamuño a Luarca, del km 481 al 490, de Tapia de Casariego a Lorenzana y de Abadín a Bahamonde; N-634 de Luarca a Navia; de Jarrio a Tapia de Casariego y del límite de Lugo-Asturias a Vilalba. Desde las 21h a las 23h sentido entrada Madrid y hasta enlace M-40 en A-1 desde Boceguillas; A-2 desde Almadrones; A-3 desde Atalaya de Cañavate; A-5 desde Maqueda; en A-6 de Arévalo a Adanero y de Las Rozas a Madrid; AP-6 de Adanero a San Rafael; N-VI de Adanero a Collado Villalba; AP-51 de Avila a Villacastín; AP-61 de Segovia a San Rafael; N-110 del km 246 al 228; N-603 de Otero de los Herreros a San Rafael y M-501 de San Martín a enlace M-40. Desde las 17h hasta las 24h en N-340 del km 318 a Motril en ambos sentidos; GR-14 de Lobres (A-7) a Motril (N-340) sentido Granada y A-45 de Málaga al Alto Las Pedrizas sentido Córdoba. Desde las 15h a las 24h en A-49 de San Juan del Puerto a Camas sentido Sevilla y desde las 16h a las 22h en A-8 sentido Bilbao de Laredo a Castro Urdiales.

2. Todos los sábados, domingos y festivos de julio y agosto desde las 11h hasta las 22h en ambos sentidos en A-483 de enlace A-49 Bollullos a Matalascañas; A-497 de Huelva a Punta Umbría; A-5056 de Lepe a La Antilla.

3. Todos los sábados comprendidos entre el 21 de julio y 18 de agosto (derivado restricciones Francia) desde las 7h hasta las 19h sentido Francia en N-121B de Oronoz a Dantxarinea; N-135 de Zubiri a Luzaide y NA-138 de Zubiri a Kintoa.

Asimismo, se establecen Restricciones específicas en las siguientes fechas:

· Puente San José - días 16, 17 y 19 de marzo.

· Semana Santa - días 4, 5, 8 y 9 de abril.

· Puente de Mayo - días 27 y 28 abril, 1 y 2 de mayo.

· Festividad de Santiago - 24 y 25 de julio.

· Operación Salida verano - 31 de julio y 1 de agosto.

· Festividad 15 agosto.

· Festividad de El Pilar - 11, 12 y 14 de octubre.

· Festividad de Todos los Santos - 31 de octubre, 1 y 4 de noviembre.

· Puente Constitución e Inmaculada - 5 y 6 de diciembre.

Como consecuencia de las restricciones en Francia, se contemplan prohibiciones a la circulación en N-121 B de Oronoz a Dantxarinea, N-135 de Zubiri a Luzaide y NA-138 de Zubiri a Kintoa, desde las 0.00 h hasta las 22h sentido Francia los días 6 de abril, 8, 17 y 28 de mayo, 14 de julio, 11 de noviembre y 8 de diciembre.

Mercancías Peligrosas

· Regla general: todos los domingos y festivos desde las 8.00 h hasta las 24.00 h y las vísperas, no sábados de festivos, desde las 13.00 h hasta las 24.00 h.

· Si coincidieran dos días festivos consecutivos, en el primero la restricción se aplicará sólo desde las 8.00 h hasta las 15.00 h y en el último de 8.00 a 24.00h, quedando el resto de días festivos sin restricción. Excepción 22 de abril sin restricción.

· Restricciones por fecha: 8 de abril de 8h a 24h, 31 de julio de 13h a 24 h y 30 de julio y 1 de agosto de 8.00 a 15h.

· Limitaciones horarias en Túneles del Pardo (M-40 Madrid) los días laborables de 7h a las 10h en sentido creciente y de 18h hasta las 21h en sentido decreciente; Túneles Boadilla-Valdepastores (M-50 Madrid) los días laborables de 7h hasta las 10h en sentido creciente y desde las 18h hasta las 21h en sentido decreciente; Túnel Barajas (M-111 Madrid) todos los días del año desde las 6h hasta las 23h; Túnel Somport (N-330 Huesca); N-433 del km 35 al 104 los sábados de 11h a 22h en noviembre y diciembre y del km 2 al km 6 (Puente de Carranza) todos los días de 0.00h a 24h; M-40 del km 25 al km 9 de 7h a 10h los días laborables en sentido decreciente y en M-40 del km 9 al km 25 de 18h a 21h todos los días en sentido creciente.

· La Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas RIMP se amplía en 256 kilómetros la red de carreteras para el transporte de mercancías peligrosas por la ampliación de tramos en carreteras ya existentes y la incorporación de tramos en nuevas vías.

El transporte de mercancías peligrosas habrá de realizarse a través de la 'Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas (RIMP)'. Cuando el origen o destino se encuentre fuera de la RIMP, los desplazamientos habrán de realizarse por las carreteras convencionales que permitan acceder a la red por la entrada o salida más próxima.

Excepciones: podrán circular, sin necesidad de justificación, los vehículos que transportes gases licuados para uso doméstico o para su distribución y reparto de consumidores; aprovisionamiento de estaciones de servicio; para abastecimiento de transporte ferroviario, buques y aeronaves, así como para calefacciones de uso doméstico y gases necesarios para centros sanitarios o asistencia sanitaria doméstica

Transportes Especiales / Vehículos Especiales

- Transportes Especiales: está prohibida la circulación desde las 13.00 h del sábado o víspera de festivo hasta las 2.00 h del lunes o día siguiente al festivo. Los festivos en CC.AA dentro de su ámbito desde las 0.00 h hasta las 2h del día siguiente al festivo. Además, el 9 de abril desde las 8h hasta las 24h, 31 de julio de 13h hasta las 24h y 1 de agosto desde las 8h hasta las 15h.

Además, los días laborables en ambos sentidos en Madrid de 7h a 10h y de 18h a 21 h (A-1 del km 11,8 al 50; A-2 del km 10,8 al 38; A-3 del km 7 al 40; A-4 del km 6,7 al 30; A-42 del km 6,2 al 27,5; A-5 del km 11,2 al 35; A-6 del km 6,8 al 39,5; M-607 del km 9,2 al 39,4; M-40 del km 0 al 61,3; M-45 del km 0 al 31; M-50 del km 0 al 84,5; M-501 del km 0 al 21,7; M-505 del km 0 al 29,5 y M-506 del km 0 al 53) y en Sevilla en la SE-30 del km 10 al 12.

· Vehículos Especiales: la maquinaria de servicio automotriz y grúas de elevación tienen prohibida la circulación los domingos y festivos desde las 8h hasta las 24h y las vísperas, no sábados de festivos, desde las 13h hasta las 24h. La maquinaria agrícola y de obras y servicios se encuentran bajo las mismas prohibiciones que el transporte de carga general.

Prohibiciones específicas los días 8 de abril de 8h a 24h, 31 de julio de 13h a 24h y 1 de agosto de 8h a 15h.

Para obtener información detallada y oficial, consultar el BOE Nº 30 de 4 de febrero de 2012.

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