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La Perla recibirá 2,9 millones del seguro por el escape de gas de 2011

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El Supremo confirma la sentencia de la Audiencia por un accidente al descargar los productos químicos.

Varias de las personas afectadas por la nube tóxica son atendidas por los servicios sanitarios

Donostia - Seguros Generali deberá abonar a la talasoterapia La Perla de Donostia 2,9 millones de euros por el escape tóxico que se produjo en ese centro en noviembre de 2011 después de que el Tribunal Supremo haya confirmado la sentencia de la Audiencia de Gipuzkoa que condenó a la empresa aseguradora.

donostia - Seguros Generali deberá abonar a la talasoterapia La Perla de Donostia 2,9 millones de euros por el escape tóxico que se produjo en ese centro en noviembre de 2011 después de que el Tribunal Supremo haya confirmado la sentencia de la Audiencia de Gipuzkoa que condenó a la empresa aseguradora.

La parte demandada interpuso ante el TS sendos recursos de casación y por infracción procesal al no estar de acuerdo con el fallo que la Sección Tercera de la Audiencia de Gipuzkoa dictó en diciembre de 2013, que a su vez confirmaba el emitido por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Donostia en diciembre de ese año.

Los hechos se produjeron el 16 de noviembre de 2011, cuando hubo un accidente en la descarga de productos químicos para el tratamiento de aguas en La Perla.

El conductor del camión que transportaba los productos químicos confundió el contenido de uno de los tanques y creyó que estaba descargando ácido sulfúrico (controlador de ph) cuando en realidad era hipoclorito sódico, lo que ocasionó “una violenta reacción química de oxidación-reducción al entrar en contacto con la solución de ácido sulfúrico” que había en los depósitos.

Se generaron “unos 4.000 o 5.000 litros de gas cloro a temperatura elevada y en breve periodo de tiempo” y, además, la nube tóxica “alcanzó a varios empleados y clientes”, algunos de los cuales fueron trasladados al hospital.

Concretamente, 27 personas resultaron intoxicadas por la nube tóxica, de los que tres tuvieron que pasar la noche en observación en el Hospital Donostia. El gas, muy irritante para las mucosas, les afectó en diferente grado a los ojos y la garganta.

Hoteles y Termas SA, la empresa que gestiona La Perla, reclamó a la aseguradora una indemnización de 2.951.705 euros (1,8 por los daños y 1,1 por las pérdidas derivadas de la interrupción de actividad), al entender que estas eran las condiciones pactadas en la póliza del seguro, que cubría, entre otros aspectos, el riesgo básico “por incendio y extensivos” y el referido a la interrupción de actividad por ese tipo de accidentes.

a vueltas con la explosión La aseguradora, que recurrió al Supremo y alegó falta de motivación en el fallo de la Audiencia, interpretaba que no podían aceptarse las pretensiones de la demandante por no haberse producido una explosión.

La principal controversia en este caso es si hubo o no una explosión, la cual, según concluyeron los juzgadores de instancia, no se podía descartar que no se hubiera registrado “a pesar de no haber onda expansiva propiamente dicha”.

Además, el Supremo agrega, como indicaba la Audiencia, que el siniestro respondió “al concepto de explosión contenido en la póliza”, que entendía por tal “la acción súbita y violenta de la presión o la depresión del gas o de los vapores”. Precisa, además, que en el juicio incluso el perito de la parte demandada admitió que puede producirse una explosión “sin ruido ni luz”, y que en la definición que se hacía en el seguro no se añadía que tuviera que concurrir para ello “estruendo”, “rotura violenta del cuerpo que contiene” y “liberación simultánea de energía calórica, luminosa y sonora”.

El alto tribunal asegura que la sentencia recurrida está suficientemente motivada y desestima por ello los recursos interpuestos por la aseguradora. - Efe/N.G.


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