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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Condenado un empresario por un acciente con un operario quemado grave

abc.es []

 

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El administrador único de una empresa guipuzcoana en la que un trabajador sufrió quemaduras graves en un 35 % de su cuerpo ha sido condenado a nueve meses de cárcel por no contar con un plan de prevención de riesgos laborales.

Según la sentencia del caso, a la que hoy ha tenido acceso EFE, los hechos se produjeron en una empresa de Aia (Gipuzkoa) dedicada a la hibernación, venta y reparación de embarcaciones, en la que también se almacenaban caravanas, y cuya actividad implicaba 'la presencia de elementos incendiarios o susceptibles de crear atmósferas explosivas'.

La resolución judicial aclara que el siniestro se produjo sobre las 16.50 horas del 1 de marzo de 2010, cuando, 'por causas desconocidas, se produjo una explosión' que causó un incendio en la nave de la empresa, a consecuencia de la cual el afectado sufrió 'quemaduras de segundo y tercer grado en el 35 % de la superficie corporal'.

El trabajador, que cuando ocurrieron los hechos tenía 49 años y era oficial de primera en la industria náutica, también resultó con un traumatismo acústico, hipoacusia neurosensorial bilateral, alopecia areata y síndrome de estrés postraumático, dolencias de las que tardó 365 días en recuperarse, 114 de los cuales permaneció hospitalizado.

Como secuelas, el operario padece trastornos neuróticos por estrés postraumático grave, hipoacusia neurosensorial bilateral para las frecuencias agudas de sonido, parálisis de cuerda vocal derecha, limitación en el hombro derecho, de la muñeca y de varios dedos, atrofia muscular en el muslo izquierdo, y limitación de movilidad en el tobillo y la rodilla izquierdos, entre otras dolencias.

Igualmente, presenta cicatrices queloideas retráctiles con disestesias y afectación funcional en las articulaciones correspondientes con las áreas quemadas, así como otras cicatrices causadas por la toma de injertos de la zona dorsal del tronco.

Las limitaciones que padece 'le dificultan la realización de las actividades propias de su profesión'.

La sentencia explica que el acusado no dotó a su empresa 'de ningún tipo de gestión preventiva' a pesar de 'estar legalmente obligado a ello' y 'carecía de plan de prevención y de evaluación de riesgos laborales'.

'El desconocimiento de tales riesgos -añade el escrito judicial- supuso que los trabajadores no recibieran una formación adecuada sobre métodos de trabajo tendentes a evitar la producción de incendios o explosiones, así como la formación oportuna sobre formas de proceder ante tales eventualidades'.

Durante el juicio por estos hechos, el procesado se mostró conforme con la petición de penas que hizo la Fiscalía, por lo que ahora ha sido condenado a nueve meses de prisión como responsable de un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de lesiones causadas por imprudencia grave.

Asimismo, la sentencia lo inhabilita durante un año para el desempeño de actividades profesionales que impliquen la asunción de responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales.

Igualmente, le impone una multa de 360 euros y le obliga a compensar al perjudicado con 175.000 euros, aunque finalmente sustituye las penas de prisión por una multa de 1.080 euros.


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