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GENERALES

Diferencia entre Corredores de Seguros y Agentes de Seguros

RISK SEGUROS []

 

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En los últimos años hemos vivido numerosos cambios en el sector asegurador, que van desde una gran diversificación de la oferta de seguros hasta la aparición de nuevos canales de distribución, pasando por un abaratamiento de precios y seguido de una reducción en la capacidad de suscribir riesgos industriales.

Tradicionalmente existían dos canales de distribución, que siguen manteniendo su importancia en la actualidad, a través de los cuales las entidades aseguradoras se dirigían al mercado. Estos dos canales de distribución son la venta directa, a través de la propia entidad o a través de agencias (agentes de seguros), y la distribución de seguros a través de mediadores independientes (corredores de seguros).

La transformación continua que se produce en el sector asegurador, fruto de la adaptación a un entorno cambiante y en constante evolución, repercute directamente en el consumidor de seguros, al que cada vez resulta más complejo conocer cuál es la mejor opción de seguro para satisfacer sus necesidades concretas.

En medio de todos estos cambios, la figura del mediador de seguros sigue manteniendo su importancia tradicional como distribuidor de seguros, si bien ha debido hacer un esfuerzo de adaptación a los cambios del mercado, cada vez más amplio y competitivo, lo que ha supuesto un aumento en la calidad de sus servicios, y es que el mediador de seguros, como profesional independiente, imparcial y objetivo, sigue siendo el mejor asesor para el cliente o consumidor de seguros.

Cabe hacer una reflexión sobre el término “mediador de seguros”, ya que se usa indistintamente para referirse a agentes y corredores de seguros, aunque en realidad se trata de dos figuras substancialmente distintas.

Agentes de Seguros

Los agentes de seguros (agentes o sociedades de agencia) son mediadores afectos a la entidad aseguradora, a los que une un vínculo contractual y una relación de dependencia, donde la entidad responde por las acciones del agente y éste actúa en nombre de la entidad.

Se comprometen a realizar por cuenta de ésta labores de mediación, promoción, asesoramiento preparatorio y asistencia posterior con tomadores, asegurados o beneficiarios de los seguros.

Su vinculación debe ser exclusiva, es decir, no podrán estar vinculados simultáneamente por contrato de agencia con más de una entidad aseguradora, a menos que ésta le autorice expresamente para operar con otra entidad en determinados ramos, modalidades o contratos de seguros que no practique ella misma.

Las entidades aseguradoras llevan un registro de sus agentes, asignándoles un número de registro, dato que cada agente debe incluir en su publicidad y documentación propia.

Corredores de Seguros

Los corredores de seguros son, por contra, mediadores independientes y no afectos a la entidad aseguradora, que actúan por cuenta propia, a los que se exige titulación y están sometidos a un régimen de control administrativo.

Los corredores se encuentran sometidos a una estricta normativa de requisitos financieros y de profesionalidad, cuyo cumplimiento es preciso para poder acceder y desarrollar la actividad de mediación de seguros.

Destaca, en particular, la obligatoria obtención del “diploma del mediador de seguros titulado” por parte de las personas físicas corredores y de quienes ejerzan la dirección técnica en las personas jurídicas (corredurías). Dicho diploma es expedido por la Dirección General de Seguros del Ministerio de Economía y Hacienda. Esta misma Dirección General de Seguros gestiona un Registro especial de corredores, sociedades de correduría y sus altos cargos, en el que obligatoriamente deben inscribirse este tipo de mediadores.

Según define la propia Dirección General de Seguros, los mediadores de seguros independientes son “ mediadores libres de vínculos que supongan afección respecto a las aseguradoras. La ley les confiere la misión de ofrecer a los asegurados un asesoramiento profesional, especializado e imparcial, fundado en su independencia. Por tanto debe recomendar a sus clientes las coberturas de seguro y las entidades que mejor se adapten, a su juicio profesional, a las necesidades del consumidor ”.

VENTAJAS DE TRABAJAR CON UN CORREDOR DE SEGUROS

El Corredor de Seguros tiene por misión traducir las inquietudes y necesidades, referidas a la seguridad, del Cliente / Asegurado al lenguaje asegurador y tras ello buscar la mejor oferta entre las compañías de Seguros para dichas necesidades. El uso del Corredor permite disfrutar de unas ventajas tanto a nivel de contratación del seguro como en el momento de un posible siniestro.

Durante la contratación del seguro se dispone de una asesoría especializada que permite al Cliente:

• Conocer cómo debe asegurar su riesgo.
• Saber con qué márgenes cuenta.
• Obtener de forma gratuita una comparativa del mercado para sus seguros.
• Obtener unas primas que, en general , son más reducidas que las planteadas por las compañías en directo.

Durante un siniestro se disfruta de :
• Un asesor que está de parte del Asegurado frente a la Compañía de Seguros. Esto tiene mucha importancia cuando se producen lagunas o puntos grises en las coberturas.
• La Correduría dispone de una capacidad de presión limitada frente a la compañía de seguros debido a la Cartera que mantiene con ella. Evidentemente, esta capacidad de presión es muy superior a la que puede plantear el Asegurado.
• El conocimiento técnico del corredor y su manejo de la terminología de seguros le permite velar más adecuadamente, frente a la compañía, por los intereses del Asegurado que si éste realiza su propia defensa o le defiende un agente de seguros, que está vinculado a la compañía que representa.

Además para dar más estabilidad a la figura de la Correduría, ésta dispone por ley de una póliza de Responsabilidad Civil que cubre sus posibles errores u omisiones.


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