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Firma del XVII convenio colectivo del sector químico

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El 21 de enero la Federación Empresarial de la Industria Química Española (FEIQUE), FITEQA-CCOO y FITAG-UGT han firmado el contenido del XVII Convenio General de la Industria Química (CGIQ) que afecta a cerca de 250.000 trabajadores.

FEIQUE, FITEQA-CCOO y FITAG-UGT han firmado el contenido del XVII Convenio General de la Industria Química

 

Con la firma de los dos sindicatos mayoritarios citados, el XVII CGIQ volverá a ser un convenio de eficacia general publicado en el BOE, de aplicación a todas las empresas y trabajadores incluidos dentro de su ámbito funcional.
Hay que destacar que, con carácter previo a la firma del acuerdo del XVII CGIQ, FITAG-UGT se ha adherido al XVI CGIQ (de eficacia limitada) que en su día firmaron FEIQUE, COFACO y CC.OO con vigencia para los años 2011 y 2012.
Aunque ello no convierte el XVI CGIQ en un convenio de eficacia general es importante esta adhesión porque supone que FITAG-UGT acepta el contenido íntegro del mismo, así como es la circunstancia que ha posibilitado la firma del acuerdo del XVII CGIQ en los siguientes términos:

- Vigencia
Años 2013 y 2014.
- Incrementos salariales
Año 2013: 0%.
Año 2014: incremento vinculado al PIB de 2013, siempre y cuando este último sea superior al PIB del 2012, según el siguiente escalado:
Si el incremento del PIB en 2013 es inferior o igual al 1%, el incremento de 2014 será del 0,2%.
Si el incremento del PIB en 2013 es superior al 1%, el incremento de 2014 será del 0,4%.
- Jornada
Misma duración que en convenios anteriores (1.752 horas anuales de trabajo efectivo).
- Jubilación obligatoria
Supresión de la jubilación obligatoria por exigencia legal.
- Ultraactividad
Se amplía de 12 a 24 meses el plazo establecido en la Ley para la caducidad del convenio una vez denunciado éste y no haberse alcanzado acuerdo para su renovación.

Desde FEIQUE consideran que los nuevos contenidos negociados se adaptan a la situación actual de la economía, al haberse pactado una moderación salarial dentro de los parámetros recomendados por el AENC 2012-2014, salvaguardando al mismo tiempo el valor del CGIQ como herramienta útil y eficaz para regular las relaciones laborales en el sector de la industria química.


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