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Preacuerdo para el Convenio Colectivo del Sector Químico

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El pasado 21 de diciembre, la Federación Empresarial de la Industria Química Española (FEIQUE), FITEQA-CCOO y FITAG-UGT llegaron a un acuerdo sobre el contenido del XVII Convenio General de la Industria Química (CGIQ).

Debe destacarse que, con la firma de los dos sindicatos mayoritarios citados, el XVII CGIQ volverá a ser un Convenio de eficacia general publicado en el BOE, de aplicación a todas las empresas y trabajadores incluidos dentro de su ámbito funcional. 

Convenio Colectivo del Sector QUÍMICO.

Asimismo es importante destacar que, con carácter previo a la firma del preacuerdo del XVII CGIQ, FITAG-UGT se ha adherido al XVI CGIQ (de eficacia limitada) que en su día firmaron FEIQUE, COFACO y CC.OO con vigencia para los años 2011 y 2012.
 
Aunque ello no convierte el XVI CGIQ en un convenio de eficacia general es importante esta adhesión porque supone que FITAG-UGT acepta el contenido íntegro del mismo, así como es la circunstancia que ha posibilitado la firma del preacuerdo del XVII CGIQ.

Los términos del acuerdo
El nuevo Convenio se establece con una vigencia para los años 2013 y 2014. Con unos incrementos salariales del 0% para 2013 y, para  2014, el incremento estará vinculado al PIB de 2013, siempre y cuando este último sea superior al PIB del 2012. Si el incremento del PIB en 2013 es inferior o igual al 1%, el incremento de 2014 será del 0,2% y si el incremento del PIB en 2013 es superior al 1%, el incremento de 2014 será del 0,4%.
 
El nuevo Convenio establece la misma duración de la jornada laboral que en los anteriores: 1.752 horas anuales de trabajo efectivo; y suprime la jubilación obligatoria por exigencia legal.

Además, se amplía de 12 a 24 meses el plazo establecido en la Ley para la caducidad del convenio una vez denunciado éste y no haberse alcanzado acuerdo para su renovación.
 
FEIQUE considera que los nuevos contenidos negociados se adaptan a la situación actual de nuestra economía, al haberse pactado una moderación salarial dentro de los parámetros recomendados por el AENC 2012-2014, salvaguardando al mismo tiempo el valor del CGIQ como herramienta útil y eficaz para regular las relaciones laborales en el sector de la industria química.

* Para más información: www.feique.org


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