Inicio   Servicios   Noticias    Empresas   Productos   Contacto Díselo   myonu.com agregar a favoritas    IDENTIFICARSE     REGISTRO GRATIS

Noticias de empresa



GENERALES

Las auditorías no podrán prestar otros servicios a las empresas

expansion.com []

 

Compártelo  

El Gobierno quiere acelerar la presentación del proyecto de ley de auditoría en el que se endurecerán las condiciones para ejercer esa tarea sobre todo en lo que se refiere a la rotación y a la realización de trabajos distintos a los estrictos de auditor.

El calendario que maneja es que el Consejo de Ministros apruebe la trasposición de la directiva comunitaria en septiembre y que entre en el Congreso en octubre.

El escándalo protagonizado por la crisis de la empresa Gowex, donde una vez más ha fallado de forma estrepitosa el papel del auditor junto con otros procedimientos de control y supervisión, va a acelerar la presentación de la nueva ley de auditoría, que viene a trasponer la directiva comunitaria y el reglamento del mismo sector.

El fraude de la firma M&A, bastante desconocida en el sector, con la auditoría de Gowex no es el único. BDO, la quinta compañía por facturación en España, también cometió graves errores en su análisis sobre las cuentas de Pescanova, una compañía mucho mayor que Gowex, lo que provocó que cuando estalló la crisis de la empresa pesquera fuera ya imposible reflotarla sin que los accionistas perdieran prácticamente toda su inversión. Los bancos acreedores de Pescanova han acabado haciéndose cargo de la compañía después de aplicar una severa quita a sus créditos.

Reacción ante los fallos

Son estos casos los que han movido al Ministerio de Economía a acelerar la trasposición de la directiva comunitaria de auditoría para tratar de evitar que puedan volver a repetirse en el futuro o, cuando menos, que sea más difícil que ocurran.

El ministro Luis de Guindos ya anunció alguna medida concreta, como la obligación de que compañías que cotizan en el MAB, donde está presente Gowex, pasen a hacerlo en el mercado continuo, donde los requisitos de información y control son más exigentes, cuando alcancen un determinado nivel de capitalización.

Pero junto a cuestiones de ese tipo, que pueden aprobarse mediante un Real Decreto, hay otras más de fondo que, al menos Economía, querría que se modificaran y que afectan al funcionamiento de las firmas auditoras como tales. La primera de ellas es introducir criterios de rotación a la hora de que las empresas elijan al auditor.

El reglamento de la directiva comunitaria establece que el periodo mínimo de contratación será de un año y el máximo de 10 años, aunque los gobiernos podrían reducirlo. También permite ampliar hasta 20 años la duración, si en la primera mitad se convoca una licitación pública, o hasta 24 ejercicios, si dos auditores son nombrados de manera simultánea también tras el primer periodo de 10 años. Existe un periodo de enfriamiento por el cual, si un auditor deja de serlo, debe esperar un plazo de cuatro años para volver a trabajar con la antigua compañía.

La idea del Gobierno, según fuentes conocedoras, es que en este tema se respetaría estrictamente lo que disponen la directiva y el reglamento. Algo que, a la luz de los acontecimientos, no ocurriría igual con la otra cuestión básica: hasta dónde pueden las firmas auditoras conseguir ingresos suplementarios de las mismas compañías llevando a cabo trabajos profesionales distintos.

La directiva establece una serie de trabajos prohibidos, que no están totalmente definidos y pueden ser objeto de modificación todavía, pero deja a la decisión de los gobiernos el ampliar dicha lista. Además, establece dos condiciones para aquellos trabajos que sí puedan llevarse a cabo: que sean autorizados por el comité de auditoría de las empresas tras evaluar los posibles problemas de independencia que puedan acarrear y las salvaguardas que deben ponerse para impedir esos problemas, y que los honorarios percibidos por esos trabajos distintos no superen el 70% del promedio de ingresos generados por los trabajos de auditoría.

El propósito de Economía, que contaría con el apoyo político del PP, es delimitar al máximo la «facturación cero», reiteran algunas fuentes. Esto es, la posibilidad de que una firma de servicios profesionales realice trabajos complementarios si hace la auditoría. El objetivo es diferenciar lo más posible las tareas y, sobre todo, evitar lo que consideran un vicio de funcionamiento porque no está claro cuáles son las funciones que realizan unos y otros.

Fuentes del sector señalan la dificultad de que realmente se legisle sobre el papel de las auditoras en el corto plazo debido, sobre todo, a que el reglamento comunitario no está claramente definido y que las consultas que se están haciendo a las autoridades de la Unión Europea para que definan más exactamente qué se puede y qué no se puede hacer son constantes.

«Legislar ahora en estas condiciones», apuntan, «obligaría a continuos cambios legales» posteriores a medida que la UE clarificara las consultas.

Sobra tiempo

Los Estados miembros tienen dos años para trasponer la directiva y, según fuentes del sector, «hacerlo cuando no están claras cuestiones relevantes no tiene por qué ser la mejor opción».

Por eso, desde el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, una especie de patronal del sector, se señala que «la nueva ley de auditoría no debería entrar en vigor antes de que lo haga en Europa, es decir, a mediados de 2016».


Vota la noticia    

Recomienda la noticia
Comentarios
Identificate para escribir un comentario o registrate aqui



¡Deje que su mercado potencial conozca los valores y excelencias de sus productos y de su empresa!

MEJORE
SU POSICIONAMIENTO